Audiencia De Conciliación
Las partes convocadas después de algunos días por el Prefecto Provincial se reunirán en la audiencia de conciliación con la finalidad de llegar a un acuerdo amistoso. De lograrse este entendimiento se dará concluido el reclamo; de no existir acuerdo se dejará constancia en el acta con el resumen respectivo y se continuará con el procedimiento Institucional establecido en la Ordenanza Provincial